JUN132025_01B2203Decidido 2025-06-13I-140

A una esteticista brasileña, fundadora de una clínica y una escuela de belleza, se le denegó su solicitud de visado…

Desestimado Útil para evitar estos errores
EB-1ACampo: ArtesOrigen: Brasil
El resultado

Desestimado

El recurso fue desestimado porque el solicitante no cumplió al menos tres de los diez criterios probatorios exigidos para la clasificación EB-1A. La AAO revocó la resolución de la SCOPS según la cual se cumplía el criterio relativo a los premios, con lo que el solicitante quedó sin cumplir ningún criterio.

0 / 3 criterios necesarios Faltan 3 más

3 criterio(s) más activarían una revisión final de méritos.

En palabras simples

La solicitante, una esteticista brasileña y empresaria especializada en micropigmentación, solicitó la clasificación EB-1A con la intención de abrir una clínica de belleza y una escuela en Estados Unidos. El SCOPS denegó la solicitud al considerar que solo se cumplía un criterio (los premios), y la AAO, en una revisión de novo, revocó incluso esa conclusión, al determinar que ninguno de los premios presentados estaba respaldado por pruebas objetivas de reconocimiento nacional o internacional en el ámbito de la estética. La solicitante tampoco logró demostrar que su pertenencia a una asociación profesional exigiera logros destacados, y sus ponencias en congresos del sector y sus apariciones en televisión no se consideraron como exposiciones en muestras artísticas. Las nuevas pruebas presentadas por primera vez en la apelación fueron excluidas, ya que la solicitante había sido notificada previamente y había tenido la oportunidad de presentarlas durante la fase de solicitud de información adicional (RFE). Al no cumplirse ningún criterio, la AAO desestimó la apelación sin llegar a una resolución definitiva sobre el fondo del asunto.

Qué funcionó y qué falló

Qué falló: 1. Premios: Los tres premios carecían de documentación objetiva de terceros que acreditara su reconocimiento a nivel nacional o internacional; la solicitante se basó principalmente en sus propias descripciones y en material de autopromoción. 2. Afiliación: Los únicos requisitos de la asociación profesional eran un título universitario y una solicitud, lo cual dista mucho de exigir «logros sobresalientes» a sus miembros. 3. Exposiciones artísticas: Las presentaciones en congresos del sector se caracterizaban por ser eventos científicos o comerciales, no exposiciones artísticas, y las pruebas relativas a las apariciones en televisión carecían de transcripciones o documentación verificable. Se excluyeron las nuevas cartas presentadas en la apelación para respaldar estas alegaciones, ya que la solicitante había tenido la oportunidad de presentarlas anteriormente.

Conclusión: Los solicitantes deben presentar pruebas documentales independientes, procedentes de terceros, que demuestren que los premios gozan de reconocimiento nacional o internacional en su ámbito específico; no bastan las descripciones interesadas ni los materiales de marketing de la organización que concede el premio. Todas las pruebas justificativas deben recopilarse y presentarse durante la fase de respuesta a la solicitud de información adicional (RFE), ya que, por regla general, se excluirán las nuevas pruebas que se presenten por primera vez en la fase de recurso.

Para respuestas a RFE y preparación de peticiones

Casos como este ayudan a identificar patrones de evidencia que USCIS evalúa al revisar criterios de EB-1A.

● Evidencia que ayudó al caso

  • Consulta el resumen anterior para ver los detalles.

● Evidencia que no bastó por sí sola

  • Premios: Los tres premios carecían de documentación objetiva de terceros que acreditara su reconocimiento a nivel nacional o internacional
  • la solicitante se basó principalmente en sus propias descripciones y en material de autopromoción
  • Afiliación: Los únicos requisitos de la asociación profesional eran un título universitario y una solicitud, lo cual dista mucho de exigir «logros sobresalientes» a sus miembros
  • Exposiciones artísticas: Las presentaciones en congresos del sector se caracterizaban por ser eventos científicos o comerciales, no exposiciones artísticas, y las pruebas relativas a las apariciones en televisión carecían de transcripciones o documentación verificable
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Qué mostró la evidencia

Análisis criterio por criterio

Premios menores reconocidos nacional o internacionalmente

Revocado a su favor

La SCOPS consideró que se cumplía este criterio, pero la AAO revocó la decisión, al considerar que no se había demostrado que ninguno de los galardones presentados gozara de reconocimiento nacional o internacional. El Premio Beauty Minas carecía de documentación objetiva que lo respaldara; un segundo certificado era ilegible y solo acreditaba la participación; un trofeo de una conferencia no estaba vinculado a ningún premio; y un premio de marketing de una empresa no reflejaba un reconocimiento en el ámbito de la estética.

Membresía en asociaciones que exigen logros destacados

No cumplido

Para ser miembro de la asociación profesional en cuestión solo se exigía una licenciatura o un título de técnico, lo que no constituye un logro destacado a juicio de expertos reconocidos. La AAO se mostró de acuerdo con la denegación de la SCOPS.

Exhibición de obras en muestras artísticas

No cumplido

Las presentaciones en una conferencia del sector se describieron como una conferencia científica con expositores comerciales, y no como una exposición artística o una muestra. Las apariciones en televisión carecían de documentación verificable y no se tuvieron en cuenta las nuevas cartas de apoyo presentadas en la apelación, ya que el solicitante había sido informado previamente de la necesidad de presentar dichas pruebas.

Dónde la evidencia se quedó corta

Trofeo y fotografía del premio «Beauty Minas», respaldados únicamente por la descripción interesada del propio solicitante, sin pruebas documentales objetivas que demuestren un reconocimiento nacional o internacional

Certificado en el que el nombre del galardonado resulta ilegible y en el que solo se indica la «participación en» un acto de entrega de premios; no acreditaba la recepción de un premio o galardón a la excelencia

Trofeo de una conferencia del sector con texto ilegible: no se relacionaba con el solicitante por su nombre y carecía de documentación que acreditara los criterios de concesión o el reconocimiento.

Premio «Top of Mind» otorgado a la empresa por una organización de marketing: un reconocimiento en el ámbito del marketing, no en el de la estética

Fotografías de la ponencia en el congreso y certificado — el congreso se califica como científico/comercial, no como una exposición artística ni una muestra

Capturas de pantalla de entrevistas televisivas: carecían de transcripciones o de pruebas documentales verificables sobre el contenido o la naturaleza artística de los programas

Nuevas cartas de recurso presentadas por el representante de la conferencia y por empleados del canal de televisión —que no se han tenido en cuenta, ya que el solicitante había sido informado previamente y había tenido la oportunidad de presentar dichas pruebas en respuesta a la solicitud de información adicional (RFE)—

Errores del oficial identificados por la AAO

La SCOPS consideró erróneamente que se cumplía el criterio relativo a los premios sin analizar si estos gozaban de reconocimiento nacional o internacional en el ámbito de la estética en el que se desenvuelve la demandante.

Cómo avanzó el caso

Completado

I-140 presentada

Petición presentada ante USCIS.

Completado

SCOPS — Denied

Decisión inicial: Denied.

Completado

Apelación ante la AAO

El solicitante apeló ante la Oficina Administrativa de Apelaciones para una revisión de novo.

2025-06-13

Decisión de la AAO — Desestimado

El recurso fue desestimado porque el solicitante no cumplió al menos tres de los diez criterios probatorios exigidos para la clasificación EB-1A. La AAO revocó la resolución de la SCOPS según la cual se cumplía el criterio relativo a los premios, con lo que el solicitante quedó sin cumplir ningún criterio.

Si estás apelando una decisión similar, el I-290B normalmente debe presentarse dentro de 30 días de la notificación personal de la denegación, o 33 días si fue enviada por correo.

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Autoridades citadas por la oficina
8 C.F.R. § 204.5(h)(2)8 C.F.R. § 204.5(h)(3)8 C.F.R. § 204.5(h)(3)(i)8 C.F.R. § 204.5(h)(3)(ii)8 C.F.R. § 204.5(h)(3)(iii)8 C.F.R. § 204.5(h)(3)(vii)8 C.F.R. § 204.5(h)(3)(viii)8 C.F.R. § 103.38 C.F.R. § 103.2(b)(11)
ChawatheRecae sobre el solicitante la carga de la prueba para demostrar su derecho a la prestación mediante la preponderancia de las pruebas.
Christa'sLa AAO revisa las preguntas de novo.
KazarianEstablece un proceso de revisión en dos fases: en primer lugar, se comprueba si se cumplen los criterios; a continuación, si se alcanza el umbral, se lleva a cabo la resolución definitiva sobre el fondo del asunto.
AminEs compatible con el marco de dos pasos de Kazarian para el análisis de la categoría EB-1A.
KrasniqiEl reglamento de los premios exige pruebas de reconocimiento nacional o internacional, y no solo las afirmaciones del solicitante.
VisinscaiaLos premios deben demostrar que gozan de reconocimiento más allá de la propia organización que los concede.
GuidaLos criterios de concesión de los premios exigen pruebas objetivas de reconocimiento nacional o internacional.
HristovLos criterios de concesión de los premios exigen pruebas objetivas de reconocimiento a nivel nacional o internacional.
O-R-E-Se considerará que se ha renunciado a los motivos de inelegibilidad que no se hayan alegado en el recurso de apelación.
R-A-M-Admite la renuncia a los motivos que no se hayan alegado en el recurso de apelación.
FurtadoPruebas nuevas que no se tuvieron en cuenta en el recurso de apelación, a pesar de que se informó al recurrente de su existencia y se le concedió una oportunidad razonable para presentarlas con anterioridad.
SorianoRespalda la norma que prohíbe tener en cuenta nuevas pruebas en apelación cuando ya se había tenido la oportunidad de hacerlo anteriormente.
BagamasbadLos organismos no están obligados a formular conclusiones consultivas sobre cuestiones que no sean pertinentes para la decisión definitiva.
L-A-C-Denegación de la admisión a trámite de cuestiones alternativas en el recurso de apelación cuando el solicitante no cumple los requisitos necesarios.
PriceNi siquiera los deportistas que compiten al nivel de las grandes ligas cumplen automáticamente el requisito de «capacidad extraordinaria».