Desestimado
La AAO desestimó el recurso porque el solicitante no logró demostrar una capacidad excepcional, al considerar que solo cumplía dos de los tres criterios probatorios exigidos (y no tres, como había determinado el director) y que no había demostrado poseer unos conocimientos especializados significativamente superiores a los del resto de profesionales del sector de la construcción. No se llegó a analizar la exención por interés nacional.
El solicitante, un director de obras y empresario de Brasil con más de 20 años de experiencia, solicitó la clasificación EB-2 como persona con capacidades excepcionales, con una exención por interés nacional. El director del Centro de Servicios de Texas denegó la solicitud, al considerar que, si bien se cumplían tres criterios, las pruebas no demostraban la existencia de capacidades excepcionales. En apelación, la AAO se mostró de acuerdo con la denegación, pero, además, revocó la conclusión del Director sobre el criterio de afiliación, al concluir que la Tarjeta de Identidad Profesional del solicitante como técnico de telecomunicaciones no cumplía los requisitos, ya que había sido expedida por un organismo no regulado por el decreto brasileño citado y no se había demostrado que el puesto requiriera un título de grado estadounidense equivalente. La AAO llevó a cabo una resolución definitiva sobre el fondo del asunto y consideró que las cartas de expertos y de recomendación eran insuficientes para demostrar una especialización significativamente superior a la que se encuentra habitualmente en la gestión de la construcción. No se llegó a analizar la exención por interés nacional.
Qué falló: Se rechazó la pertenencia del solicitante a una asociación profesional porque el organismo emisor y la denominación de «técnico en telecomunicaciones» no guardaban relación con el decreto profesional brasileño citado. Los dictámenes periciales y las cartas de recomendación no fueron admitidos porque no explicaban específicamente en qué medida los conocimientos especializados del solicitante superaban el nivel habitual en el sector de la construcción. Las afirmaciones generales sobre más de 20 años de experiencia y las titulaciones académicas resultaron insuficientes para demostrar una capacidad excepcional.
Conclusión: En el caso de las solicitudes EB-2 por capacidad excepcional, las cartas de apoyo deben comparar directamente los conocimientos especializados del solicitante con los de otras personas del sector y explicar por qué se sitúan significativamente por encima de la media; los elogios generales no son suficientes. Los solicitantes que se basen en titulaciones profesionales extranjeras deben documentar claramente el marco normativo que rige su titulación y su equivalencia con los requisitos de titulación de EE. UU.
Casos como este ayudan a identificar patrones de evidencia que USCIS evalúa al revisar criterios de EB-2-NIW.
● Evidencia que ayudó al caso
- Consulta el resumen anterior para ver los detalles.
● Evidencia que no bastó por sí sola
- Se rechazó la pertenencia del solicitante a una asociación profesional porque el organismo emisor y la denominación de «técnico en telecomunicaciones» no guardaban relación con el decreto profesional brasileño citado
- Los dictámenes periciales y las cartas de recomendación no fueron admitidos porque no explicaban específicamente en qué medida los conocimientos especializados del solicitante superaban el nivel habitual en el sector de la construcción
- Las afirmaciones generales sobre más de 20 años de experiencia y las titulaciones académicas resultaron insuficientes para demostrar una capacidad excepcional.
Documentación académica oficial (título del curso de Técnico Superior en Telecomunicaciones)
Autorización para el ejercicio de la profesión
Más de 20 años de experiencia en gestión de obras y telecomunicaciones
Tarjeta de identificación profesional como técnico de telecomunicaciones: no se acreditó la pertenencia a una asociación profesional que cumpliera los requisitos establecidos en la normativa
Carta de opinión pericial y cartas de recomendación: no se ha analizado suficientemente en qué medida los conocimientos especializados del solicitante superan de manera significativa a los de otros profesionales del sector
El plan de negocio y la información sobre los ingresos de la empresa del solicitante no demostraban una capacidad excepcional
El director consideró erróneamente que se cumplía el criterio relativo a la pertenencia a asociaciones profesionales (8 C.F.R. § 204.5(k)(3)(ii)(E)); La AAO revocó esta conclusión, ya que la tarjeta de identificación profesional del solicitante había sido expedida por un organismo no contemplado en el decreto citado, y no se había demostrado que la titulación de «técnico en telecomunicaciones» requiriera un título de grado estadounidense equivalente.
Completado
Director — Denied
Decisión inicial: Denied.
Completado
Apelación ante la AAO
El solicitante apeló ante la Oficina Administrativa de Apelaciones para una revisión de novo.
2025-04-28
Decisión de la AAO — Desestimado
La AAO desestimó el recurso porque el solicitante no logró demostrar una capacidad excepcional, al considerar que solo cumplía dos de los tres criterios probatorios exigidos (y no tres, como había determinado el director) y que no había demostrado poseer unos conocimientos especializados significativamente superiores a los del resto de profesionales del sector de la construcción. No se llegó a analizar la exención por interés nacional.
Si estás apelando una decisión similar, el I-290B normalmente debe presentarse dentro de 30 días de la notificación personal de la denegación, o 33 días si fue enviada por correo.
¿Te resulta útil? Un café ayuda a mantener Case Reviewer gratis y sin anuncios.
Invítame un café