Devuelto
La AAO revocó la denegación del director, ya que dicha denegación se basaba en gran medida en pruebas procedentes de un caso no relacionado. El asunto se remitió para que se dictara una nueva resolución basada en el expediente correcto.
El solicitante, un camarero de Brasil, presentó un formulario I-140 para solicitar la clasificación EB-2 como persona con habilidades excepcionales, con una exención por interés nacional. El director del Centro de Servicios de Texas denegó la solicitud al considerar que el solicitante no había cumplido los tres criterios mínimos de habilidades excepcionales. En apelación, la AAO determinó que el análisis del director sobre tres de los cinco criterios alegados hacía referencia a cartas de empleo del sector de la construcción y a declaraciones de ingresos que el solicitante nunca había presentado —pruebas que, al parecer, pertenecían a un caso distinto—. Dado que la denegación se basaba en gran medida en un expediente incorrecto, la AAO revocó la decisión del director y remitió el asunto para que se dictara una nueva resolución. La AAO también señaló varias deficiencias sustantivas en las pruebas reales del solicitante y señaló que la descripción incoherente que este hacía de su proyecto (camarero frente a empresario) debía resolverse antes de que pudiera proseguir el análisis de la exención por interés nacional.
Qué falló: 1. Las cartas de empleo del solicitante no acreditaban claramente 10 años completos de experiencia a tiempo completo, en parte debido a un periodo de suspensión por la COVID-19 durante el cual figuraba como empleado, pero sin trabajar ni percibir remuneración. 2. Las comparaciones salariales con camareros brasileños, en lugar de con trabajadores con puestos similares en el mismo mercado, no demostraban una capacidad excepcional. 3. Los artículos publicados en LinkedIn por el solicitante no constituían prueba de reconocimiento por parte de terceros ni de contribuciones significativas al sector. 4. No se confirmó que las asociaciones a las que pertenecía fueran «asociaciones profesionales» según la definición normativa, dada la falta de un título de grado por parte del solicitante.
Conclusión: Al presentar una solicitud EB-2 NIW, los solicitantes deben asegurarse de que todas las pruebas aportadas sean coherentes con un único proyecto propuesto y claramente definido, y de que las comparaciones salariales se realicen con trabajadores que ocupen puestos similares en el mercado estadounidense pertinente, y no en el país de origen. Los solicitantes también deben confirmar que las organizaciones a las que se afirme pertenecer cumplan los requisitos para ser consideradas «asociaciones profesionales» según la definición reglamentaria.
Casos como este ayudan a identificar patrones de evidencia que USCIS evalúa al revisar criterios de EB-2-NIW.
● Evidencia que ayudó al caso
- Consulta el resumen anterior para ver los detalles.
● Evidencia que no bastó por sí sola
- Las cartas de empleo del solicitante no acreditaban claramente 10 años completos de experiencia a tiempo completo, en parte debido a un periodo de suspensión por la COVID-19 durante el cual figuraba como empleado, pero sin trabajar ni percibir remuneración
- Las comparaciones salariales con camareros brasileños, en lugar de con trabajadores con puestos similares en el mismo mercado, no demostraban una capacidad excepcional
- Los artículos publicados en LinkedIn por el solicitante no constituían prueba de reconocimiento por parte de terceros ni de contribuciones significativas al sector
- No se confirmó que las asociaciones a las que pertenecía fueran «asociaciones profesionales» según la definición normativa, dada la falta de un título de grado por parte del solicitante.
Pertenencia a la American Management Association (se ha tenido en cuenta, pero finalmente se ha considerado insuficiente para confirmar la condición de asociación profesional)
Pertenencia al Consejo Internacional de Educación en el Sector Hotelero, de la Restauración y de las Instituciones (documentada, pero no confirmada como asociación profesional acreditada)
Título de bachillerato: no se ha demostrado que guarde relación con el ámbito de la capacidad excepcional alegada
Certificados de formación profesional de corta duración — que no procedan de un centro de enseñanza superior, una universidad o una institución educativa acreditada
Las cartas de empleo como camarero no acreditaban claramente los 10 años a tiempo completo a fecha de presentación de la solicitud; el período de interrupción y el período de suspensión debido a la COVID-19 quedaron sin resolver.
Nóminas de las compañías de cruceros comparadas con los salarios de los camareros brasileños: la comparación con los salarios del país de origen no demuestra una capacidad excepcional
Cartas de compañeros de trabajo que acrediten sus años de experiencia; la antigüedad por sí sola no constituye un logro ni una contribución significativa al sector
Artículos de LinkedIn escritos por el solicitante: el mero hecho de que el solicitante sea el autor no constituye prueba de reconocimiento ni de contribución significativa sin una corroboración objetiva
Plan de negocio en el que se describen dos proyectos distintos: el solicitante no puede demostrar su elegibilidad mediante múltiples proyectos relacionados entre sí, pero distintos.
El análisis realizado por el director sobre el criterio de los 10 años de experiencia se basó en cartas de un contable que acreditaban el empleo en el sector de la construcción, las cuales el solicitante nunca presentó
Análisis del director sobre las cuentas de resultados basadas en el criterio salarial de una empresa constructora que el solicitante nunca presentó
El análisis del director sobre el criterio de reconocimiento se basaba en un artículo de portada de una revista sobre el solicitante que este nunca había presentado
El director consideró erróneamente que se cumplía el criterio de afiliación sin confirmar que las organizaciones reunieran los requisitos para ser consideradas «asociaciones profesionales» según la definición reglamentaria
Completado
Director — Denied
Decisión inicial: Denied.
Completado
Apelación ante la AAO
El solicitante apeló ante la Oficina Administrativa de Apelaciones para una revisión de novo.
2023-10-13
Decisión de la AAO — Devuelto
La AAO revocó la denegación del director, ya que dicha denegación se basaba en gran medida en pruebas procedentes de un caso no relacionado. El asunto se remitió para que se dictara una nueva resolución basada en el expediente correcto.
Si estás apelando una decisión similar, el I-290B normalmente debe presentarse dentro de 30 días de la notificación personal de la denegación, o 33 días si fue enviada por correo.
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