MAY302017_01B4203Decidido 2017-05-30I-140

Se desestimó una solicitud EB-1C presentada en nombre del director comercial de una empresa láctea, ya que el…

Desestimado Útil para evitar estos errores
EB-1CCampo: Negocios
El resultado

Desestimado

El recurso fue desestimado porque el solicitante no logró demostrar la existencia de una relación de afiliación válida con la empresa venezolana para la que trabajaba el beneficiario. Aunque la AAO revocó la denegación del director basada en la capacidad de pago, el solicitante no pudo demostrar que un mismo grupo de personas fuera propietario y controlara ambas entidades tal y como exige la normativa.

En palabras simples

Una empresa láctea estadounidense presentó una solicitud EB-1C para trasladar de forma permanente a su director de ventas y marketing desde Venezuela. El Centro de Servicios de Texas denegó la solicitud por dos motivos: la falta de una relación que cumpliera los requisitos con el empleador extranjero y la incapacidad de abonar el salario ofrecido. En apelación, la AAO revocó la denegación basada en la incapacidad de pago, basándose en un análisis corregido de la declaración de la renta de 2015 del solicitante. Sin embargo, la AAO confirmó la denegación relativa a la relación que cumple los requisitos, ya que las cuatro personas que poseían el 100 % de la empresa estadounidense solo poseían el 92,2 % de la entidad venezolana, y no se presentaron acuerdos de voto ni poderes que demostraran que dichas personas estuvieran legalmente vinculadas como una unidad de control. Además, los documentos corporativos de la entidad venezolana presentaban inconsistencias inexplicables en el recuento de acciones y en las clases de acciones, lo que hacía que su propiedad real no estuviera suficientemente documentada.

Qué funcionó y qué falló

Qué funcionó: El solicitante logró superar con éxito la denegación por falta de capacidad de pago al presentar un análisis corregido de su declaración de la renta federal de 2015, que la AAO consideró suficiente para demostrar su capacidad financiera.

Qué falló: El solicitante no pudo demostrar la existencia de una relación de afiliación debido a que: (1) las mismas cuatro personas físicas poseían el 100 % de la entidad estadounidense, pero solo el 92,2 % de la entidad venezolana, y la definición reglamentaria exige que se trate de las mismas personas; (2) no se presentaron acuerdos de voto ni poderes que demostraran que los propietarios actuaban como una unidad jurídicamente vinculada; y (3) los documentos sociales de la entidad venezolana contenían discrepancias sin resolver en cuanto a las clases de acciones y al número total de acciones emitidas.

Conclusión: En el caso de las solicitudes de la categoría EB-1C para empresas afiliadas basadas en la propiedad individual compartida, los solicitantes deben presentar acuerdos de voto o poderes que demuestren que los copropietarios actúan como una única unidad de control, y deben asegurarse de que los registros societarios de la entidad extranjera documenten de forma completa y coherente su historial de propiedad, sin lagunas ni cambios inexplicables.

Para respuestas a RFE y preparación de peticiones

Casos como este ayudan a identificar patrones de evidencia que USCIS evalúa al revisar criterios de EB-1C.

● Evidencia que ayudó al caso

  • El solicitante logró superar con éxito la denegación por falta de capacidad de pago al presentar un análisis corregido de su declaración de la renta federal de 2015, que la AAO consideró suficiente para demostrar su capacidad financiera.

● Evidencia que no bastó por sí sola

  • El solicitante no pudo demostrar la existencia de una relación de afiliación debido a que: (1) las mismas cuatro personas físicas poseían el 100 % de la entidad estadounidense, pero solo el 92,2 % de la entidad venezolana, y la definición reglamentaria exige que se trate de las mismas personas
  • (2) no se presentaron acuerdos de voto ni poderes que demostraran que los propietarios actuaban como una unidad jurídicamente vinculada
  • y (3) los documentos sociales de la entidad venezolana contenían discrepancias sin resolver en cuanto a las clases de acciones y al número total de acciones emitidas.
Encontrar más casos de EB-1C con patrones de evidencia similares →
Evidencia que persuadió a la AAO

Los certificados de afiliación del solicitante y sus últimas declaraciones de impuestos que acreditan la titularidad de la entidad estadounidense

Análisis de la declaración de la renta de 2015 que demuestre la capacidad para abonar el salario ofrecido

Dónde la evidencia se quedó corta

Los organigramas de propiedad muestran que cuatro personas poseen colectivamente el 100 % de la entidad estadounidense y solo el 92,2 % de la entidad venezolana, lo cual resulta insuficiente para establecer que se trata de una propiedad perteneciente al mismo grupo, de conformidad con el artículo 8 C.F.R. § 204.5(j)(2)

Afirmen que la propiedad mayoritaria colectiva por parte de las mismas cuatro personas constituye una relación de afiliación, sin que existan acuerdos de voto ni poderes que las vinculen como una unidad

Los documentos de registro mercantil de la entidad extranjera correspondientes a 1997 y las modificaciones posteriores, que presentaban discrepancias inexplicables en el número y las clases de acciones, lo que hacía que la estructura de propiedad de la entidad extranjera no estuviera debidamente documentada

La elección del beneficiario como consejero y presidente de la entidad extranjera como prueba del control de jure o de facto por parte del grupo propietario

Errores del oficial identificados por la AAO

El análisis realizado por el director sobre los activos y pasivos del solicitante a la hora de evaluar su capacidad de pago fue incorrecto; la AAO consideró que existían pruebas suficientes de dicha capacidad de pago basadas en la declaración de la renta de 2015.

Cómo avanzó el caso

Completado

I-140 presentada

Petición presentada ante USCIS.

Completado

Director — Denied

Decisión inicial: Denied.

Completado

Apelación ante la AAO

El solicitante apeló ante la Oficina Administrativa de Apelaciones para una revisión de novo.

2017-05-30

Decisión de la AAO — Desestimado

El recurso fue desestimado porque el solicitante no logró demostrar la existencia de una relación de afiliación válida con la empresa venezolana para la que trabajaba el beneficiario. Aunque la AAO revocó la denegación del director basada en la capacidad de pago, el solicitante no pudo demostrar que un mismo grupo de personas fuera propietario y controlara ambas entidades tal y como exige la normativa.

Si estás apelando una decisión similar, el I-290B normalmente debe presentarse dentro de 30 días de la notificación personal de la denegación, o 33 días si fue enviada por correo.

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Autoridades citadas por la oficina
8 C.F.R. § 204.5(j)(2)8 C.F.R. § 204.5(j)(3)
Sun Moon StarEl tribunal rechazó una interpretación restrictiva del término «filial» que ignoraba la participación indirecta, pero la resolución no respalda que se considere a un grupo de accionistas individuales como una única entidad a efectos de la participación mayoritaria, a falta de vínculos jurídicos tales como acuerdos de voto o poderes de representación.
ChawatheEl demandante debe respaldar sus alegaciones con pruebas pertinentes, probatorias y creíbles.
HughesEl control puede ser de jure (al poseer el 51 % de las acciones en circulación) o de facto (control de las acciones con derecho a voto mediante la propiedad parcial y las representaciones).