Desestimado
La AAO desestimó el recurso porque el solicitante no logró demostrar que el beneficiario cumpliera al menos tres de los seis criterios probatorios exigidos para la categoría O-1 de «capacidad extraordinaria» en el ámbito de las artes, y tampoco presentó la consulta requerida al grupo de pares o a la organización sindical.
3 criterio(s) más activarían una revisión final de méritos.
Una agencia de talentos presentó una solicitud O-1B para un fotógrafo argentino alegando que poseía una capacidad extraordinaria en el ámbito de las artes. El Centro de Servicios de Vermont denegó la solicitud, y la AAO confirmó la denegación en apelación. La AAO consideró que los artículos en línea sobre el beneficiario carecían de pruebas que demostraran que los sitios web en los que se publicaban fueran publicaciones de gran relevancia; que las cartas de recomendación procedían de personas no expertas en fotografía y contenían un texto estándar prácticamente idéntico; y que la documentación salarial no incluía datos comparativos que demostraran que la remuneración del beneficiario fuera elevada en comparación con la de otros fotógrafos. Además, el solicitante había señalado que se presentaría la consulta requerida a un grupo de pares o a una organización sindical, pero nunca la facilitó, lo que constituyó un motivo independiente y alternativo para denegar la solicitud.
Qué falló: 1. No se cumplió el criterio relativo a la cobertura mediática, ya que el solicitante no aportó cifras de tirada, número de lectores o audiencia que permitieran considerar los sitios web como publicaciones de gran relevancia, y las traducciones carecían de certificados de traductores jurados. 2. No se cumplió el criterio de reconocimiento significativo, ya que las cartas de recomendación procedían de personas no expertas (cantantes, actores, minoristas de moda) que carecían de credenciales en fotografía, contenían un texto estándar casi idéntico y no describían logros específicos en términos objetivos. 3. No se cumplió el criterio de salario elevado, ya que no se facilitaron estadísticas salariales comparativas de otros fotógrafos en Argentina, y parte de los ingresos procedía de una ocupación diferente (creador de contenidos digitales) sin que se explicara su relevancia.
Conclusión: Al presentar una solicitud O-1B, documente siempre el prestigio de las publicaciones con datos concretos sobre tirada o audiencia, obtenga cartas de recomendación exclusivamente de expertos reconocidos en el campo específico que describan los logros con detalles objetivos, facilite datos comparativos sobre los salarios de referencia para el campo y el país en cuestión, y asegúrese de que todos los documentos procedimentales requeridos (como las consultas a grupos de pares) se incluyan efectivamente en el expediente de solicitud. Las pruebas presentadas con posterioridad a la solicitud no pueden subsanar las deficiencias en los requisitos de elegibilidad existentes en el momento de la presentación.
Casos como este ayudan a identificar patrones de evidencia que USCIS evalúa al revisar criterios de O-1B.
● Evidencia que ayudó al caso
- Consulta el resumen anterior para ver los detalles.
● Evidencia que no bastó por sí sola
- No se cumplió el criterio relativo a la cobertura mediática, ya que el solicitante no aportó cifras de tirada, número de lectores o audiencia que permitieran considerar los sitios web como publicaciones de gran relevancia, y las traducciones carecían de certificados de traductores jurados
- No se cumplió el criterio de reconocimiento significativo, ya que las cartas de recomendación procedían de personas no expertas (cantantes, actores, minoristas de moda) que carecían de credenciales en fotografía, contenían un texto estándar casi idéntico y no describían logros específicos en términos objetivos
- No se cumplió el criterio de salario elevado, ya que no se facilitaron estadísticas salariales comparativas de otros fotógrafos en Argentina, y parte de los ingresos procedía de una ocupación diferente (creador de contenidos digitales) sin que se explicara su relevancia.
Artículos de vocescriticas.com, radiostucuman.com, clarin.com, notinor.com.ar, semanarioargentino.miami y estatodobientuc.com: no se han facilitado cifras de tirada, número de lectores ni de visitas que permitan considerarlas publicaciones de referencia.
Artículos en lengua extranjera presentados como traducciones al inglés sin la certificación exigida de un traductor jurado
Los artículos presentados después de la fecha límite de presentación de julio de 2022, que no pueden utilizarse para acreditar el cumplimiento de los requisitos en el momento de la presentación
Cartas de recomendación de fotógrafos que elogiaban las habilidades, pero no describían logros concretos ni establecían en qué se basaba el autor para conocer al solicitante
Cartas de recomendación de cantantes, actores, modelos y comerciantes del sector de la moda que no son expertos reconocidos en fotografía
Cartas de recomendación que contenían formulaciones estándar casi idénticas, lo que sugería que no habían sido redactadas de forma independiente
Declaración propia y sin firmar del beneficiario relativa a su salario anterior en Argentina, sin estadísticas comparativas sobre los salarios de otros fotógrafos
Carta de un contable en la que se verificaban los ingresos, que carecía de traducción jurada y en la que no se comparaba el salario del beneficiario con los valores de referencia del sector
Completado
Director — Denied
Decisión inicial: Denied.
Completado
Apelación ante la AAO
El solicitante apeló ante la Oficina Administrativa de Apelaciones para una revisión de novo.
2024-03-12
Decisión de la AAO — Desestimado
La AAO desestimó el recurso porque el solicitante no logró demostrar que el beneficiario cumpliera al menos tres de los seis criterios probatorios exigidos para la categoría O-1 de «capacidad extraordinaria» en el ámbito de las artes, y tampoco presentó la consulta requerida al grupo de pares o a la organización sindical.
Si estás apelando una decisión similar, el I-290B normalmente debe presentarse dentro de 30 días de la notificación personal de la denegación, o 33 días si fue enviada por correo.
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