FEB192026_01B4203Decidido 2026-02-19I-140

La AAO remitió para nueva resolución una denegación de la categoría EB-1C para el director general de una cadena de…

Devuelto Útil para estrategia de apelación
EB-1CCampo: Negocios
El resultado

Devuelto

La AAO revocó la denegación de la SCOPS y remitió el asunto para que se dictara una nueva resolución, al considerar que la SCOPS había incurrido en un error al concluir que no existía una oferta de trabajo válida y al no analizar adecuadamente todos los puestos directivos en el extranjero que cumplían los requisitos durante el período en cuestión.

En palabras simples

Una empresa de gestión de restaurantes presentó una solicitud de residencia permanente para un beneficiario con el fin de que ocupara el cargo de director general en su filial de propiedad exclusiva. El SCOPS denegó la solicitud, al considerar que no existía una oferta de trabajo válida y que las pruebas de la capacidad directiva requerida en el extranjero eran insuficientes. La AAO revocó la resolución relativa a la oferta de trabajo, señalando que el empleo en una filial de propiedad exclusiva cumple el requisito relativo al empleador. La AAO también consideró que la SCOPS había interpretado erróneamente la definición de «responsable de personal» al exigir únicamente la supervisión de profesionales, y que no había analizado de forma conjunta los cuatro puestos directivos en el extranjero ocupados durante el período de tres años requerido. El asunto se remitió para que se dictara una nueva resolución que tuviera en cuenta todos los puestos y el criterio jurídico correcto.

Qué funcionó y qué falló

Qué funcionó: El solicitante demostró con éxito que la relación de filial en propiedad al 100 % daba lugar a una oferta de empleo válida que cumplía los requisitos. La serie documentada de puestos directivos en el extranjero dentro del mismo grupo de restauración respaldaba el argumento de que el beneficiario había ocupado puestos que cumplían los requisitos durante el período en cuestión.

Qué falló: La denegación de SCOPS se basó en una interpretación excesivamente restrictiva de la definición de «responsable de personal» (que exige la existencia de subordinados profesionales) y en el hecho de no haber contabilizado de forma conjunta los diversos puestos ocupados en el extranjero por el beneficiario durante el período de referencia. Fueron estos errores, y no las deficiencias en las pruebas presentadas por el solicitante, los que dieron lugar a la devolución del expediente en lugar de a su aprobación.

Conclusión: Cuando un beneficiario haya desempeñado varios cargos directivos consecutivos en el extranjero dentro de un mismo grupo empresarial, los solicitantes deberán describir explícitamente cada uno de dichos cargos y argumentar que su duración total cumple el requisito de un año. Asimismo, los solicitantes deberán aclarar si los subordinados son supervisores, directivos o profesionales, ya que la condición de responsable de personal no requiere que los subordinados sean profesionales.

Para respuestas a RFE y preparación de peticiones

Casos como este ayudan a identificar patrones de evidencia que USCIS evalúa al revisar criterios de EB-1C.

● Evidencia que ayudó al caso

  • El solicitante demostró con éxito que la relación de filial en propiedad al 100 % daba lugar a una oferta de empleo válida que cumplía los requisitos
  • La serie documentada de puestos directivos en el extranjero dentro del mismo grupo de restauración respaldaba el argumento de que el beneficiario había ocupado puestos que cumplían los requisitos durante el período en cuestión.

● Evidencia que no bastó por sí sola

  • La denegación de SCOPS se basó en una interpretación excesivamente restrictiva de la definición de «responsable de personal» (que exige la existencia de subordinados profesionales) y en el hecho de no haber contabilizado de forma conjunta los diversos puestos ocupados en el extranjero por el beneficiario durante el período de referencia
  • Fueron estos errores, y no las deficiencias en las pruebas presentadas por el solicitante, los que dieron lugar a la devolución del expediente en lugar de a su aprobación.
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Evidencia que persuadió a la AAO

La relación de filial en propiedad al 100 % del solicitante, que constituye un empleador válido que cumple los requisitos y una oferta de empleo válida.

El historial laboral documentado del beneficiario en diversos puestos directivos en el extranjero dentro del grupo de restauración durante el período de referencia.

El estatus L-1A actual del beneficiario, que refleja el reconocimiento previo de su capacidad directiva.

Errores del oficial identificados por la AAO

La SCOPS llegó a la conclusión errónea de que no existía una oferta de trabajo válida, a pesar de que el beneficiario trabajaba en una filial de propiedad exclusiva del solicitante.

La SCOPS cometió un error al exigir que un responsable de personal supervisara a sus subordinados profesionales, cuando la ley también permite la supervisión de supervisores subordinados o de empleados con funciones directivas.

SCOPS no identificó qué puesto en el extranjero concreto estaba analizando y no tuvo en cuenta, en su conjunto, los cuatro posibles puestos directivos que cumplían los requisitos durante el periodo comprendido entre diciembre de 2020 y diciembre de 2023.

Cómo avanzó el caso

Completado

I-140 presentada

Petición presentada ante USCIS.

Completado

SCOPS — Denied

Decisión inicial: Denied.

Completado

Apelación ante la AAO

El solicitante apeló ante la Oficina Administrativa de Apelaciones para una revisión de novo.

2026-02-19

Decisión de la AAO — Devuelto

La AAO revocó la denegación de la SCOPS y remitió el asunto para que se dictara una nueva resolución, al considerar que la SCOPS había incurrido en un error al concluir que no existía una oferta de trabajo válida y al no analizar adecuadamente todos los puestos directivos en el extranjero que cumplían los requisitos durante el período en cuestión.

Si estás apelando una decisión similar, el I-290B normalmente debe presentarse dentro de 30 días de la notificación personal de la denegación, o 33 días si fue enviada por correo.

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Autoridades citadas por la oficina
8 C.F.R. § 103.38 C.F.R. § 204.5(j)(2)8 C.F.R. § 204.5(j)(3)8 C.F.R. § 204.5(k)(2)
ChawatheRecae sobre el solicitante la carga de la prueba para demostrar que cumple los requisitos, mediante la preponderancia de las pruebas.
Christa's, Inc.La AAO examina las cuestiones de derecho y de hecho de novo.