Desestimado
La AAO desestimó la solicitud de reconsideración y estimó la solicitud de reapertura únicamente en parte. La desestimación de la solicitud se mantuvo sin cambios, ya que el solicitante reconoció que no reunía los requisitos, pero la conclusión del director sobre la tergiversación deliberada se retiró por falta de pruebas.
El solicitante, una pizzería estadounidense, pretendía contratar de forma permanente a un ciudadano extranjero como director ejecutivo en el marco de la categoría EB-1C para ejecutivos o directivos de empresas multinacionales. El director denegó la solicitud por múltiples motivos, entre ellos la imposibilidad de demostrar una relación organizativa que cumpliera los requisitos y la tergiversación deliberada de la titularidad de la empresa. La AAO había desestimado previamente de forma sumaria el recurso porque el escrito del solicitante se había enviado por correo a una dirección errónea (el Centro de Servicio de Texas en lugar de la AAO). Mediante una moción, el solicitante reconoció que no reunía los requisitos para obtener el beneficio del visado, pero impugnó únicamente la conclusión relativa a la tergiversación intencionada. La AAO consideró que las inconsistencias entre los registros mercantiles estatales y las declaraciones de impuestos federales no respaldaban claramente una declaración falsa intencionada, y retiró dicha conclusión, aunque mantuvo la denegación de la solicitud. Este caso pone de relieve la importancia de presentar correctamente los escritos de apelación y el elevado nivel de exigencia que se aplica a las determinaciones de declaración falsa intencionada.
Qué funcionó: El demandante logró rebatir la conclusión del director sobre la tergiversación deliberada, al presentar una declaración jurada de un contable en la que se explicaba que la reestructuración societaria se había llevado a cabo con fines fiscales, así como documentos de registro mercantil estatales que demostraban que M.D. seguía siendo copropietario, lo que generaba suficiente ambigüedad como para invalidar la conclusión de fraude intencionado.
Qué falló: El solicitante no logró demostrar que reunía los requisitos para la categoría EB-1C, al reconocer que no podía acreditar una relación multinacional válida, una función directiva o ejecutiva adecuada en el extranjero o en EE. UU., ni que la entidad extranjera estuviera desarrollando actividades comerciales. Desde el punto de vista procesal, el escrito de apelación se envió por correo a una dirección errónea, lo que provocó que la apelación fuera desestimada de forma sumaria.
Conclusión: Presente siempre los escritos de apelación directamente ante la AAO, tal y como se indica en las instrucciones del formulario I-290B; el envío de la documentación a un centro de servicios no cumplirá este requisito y podría dar lugar a una desestimación sumaria. Los solicitantes también deben mantener una documentación corporativa coherente (registros estatales, declaraciones de impuestos federales, certificados de acciones) para evitar que se determinen declaraciones falsas cuando cambien las estructuras de propiedad.
Casos como este ayudan a identificar patrones de evidencia que USCIS evalúa al revisar criterios de EB-1C.
● Evidencia que ayudó al caso
- El demandante logró rebatir la conclusión del director sobre la tergiversación deliberada, al presentar una declaración jurada de un contable en la que se explicaba que la reestructuración societaria se había llevado a cabo con fines fiscales, así como documentos de registro mercantil estatales que demostraban que M.D
- seguía siendo copropietario, lo que generaba suficiente ambigüedad como para invalidar la conclusión de fraude intencionado.
● Evidencia que no bastó por sí sola
- El solicitante no logró demostrar que reunía los requisitos para la categoría EB-1C, al reconocer que no podía acreditar una relación multinacional válida, una función directiva o ejecutiva adecuada en el extranjero o en EE
- UU., ni que la entidad extranjera estuviera desarrollando actividades comerciales
- Desde el punto de vista procesal, el escrito de apelación se envió por correo a una dirección errónea, lo que provocó que la apelación fuera desestimada de forma sumaria.
Los registros mercantiles del Estado de Florida siguen identificando a M.D. como consejero a fecha de 2014, lo que concuerda con las afirmaciones sobre la propiedad compartida
Declaración jurada de un contable en la que se explica que el cambio de la estructura societaria de sociedad de tipo «C» a sociedad de tipo «S» se realizó por motivos fiscales, y no para obtener beneficios en materia de inmigración
Los certificados de acciones de 2003 indican que tanto el director general como el beneficiario poseían cada uno 500 acciones, lo que sugiere una relación de afiliación más que de filialidad.
El escrito de apelación se presentó ante el Centro de Servicios de Texas en lugar de directamente ante la AAO, lo que impidió que se tramitara dentro del plazo establecido
No se consideró que las declaraciones de impuestos presentadas mediante el formulario 1120S del IRS, en las que se identificaba al beneficiario como único accionista, fueran más fiables que las declaraciones presentadas ante las autoridades estatales en materia de sociedades.
No se ha demostrado la alegación del solicitante de que existe una relación que le permite considerarse filial del empleador extranjero; al parecer, el empleador extranjero era una empresa unipersonal y no una entidad jurídica independiente
El director constató que se había falseado deliberadamente un hecho relevante relativo a la titularidad de la empresa; sin embargo, la AAO consideró que las pruebas eran insuficientes para respaldar dicha conclusión, dadas las inconsistencias en los registros societarios y fiscales.
Completado
Director — Denied
Decisión inicial: Denied.
Completado
Apelación ante la AAO
El solicitante apeló ante la Oficina Administrativa de Apelaciones para una revisión de novo.
2019-02-15
Decisión de la AAO — Desestimado
La AAO desestimó la solicitud de reconsideración y estimó la solicitud de reapertura únicamente en parte. La desestimación de la solicitud se mantuvo sin cambios, ya que el solicitante reconoció que no reunía los requisitos, pero la conclusión del director sobre la tergiversación deliberada se retiró por falta de pruebas.
Si estás apelando una decisión similar, el I-290B normalmente debe presentarse dentro de 30 días de la notificación personal de la denegación, o 33 días si fue enviada por correo.
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