FEB132024_02B2203Decidido 2024-02-13I-140

La solicitud EB-1A de un muralista argentino de gran formato fue remitida para nueva tramitación después de que la AAO…

Devuelto Útil para estrategia de apelación
EB-1ACampo: ArtesOrigen: Argentina
El resultado

Devuelto

La AAO revocó la denegación del director tras constatar que el solicitante cumplía el criterio (iii) relativo a los materiales publicados, además de los dos criterios que ya se había comprobado que cumplía, con lo que el total ascendió a tres. El asunto se remitió de nuevo para que se dictara una resolución definitiva sobre el fondo del asunto.

3 / 3 criterios necesarios Umbral superado ✓

Siguiente paso: una revisión final de méritos que pondera toda la evidencia en conjunto.

En palabras simples

Un artista plástico argentino especializado en murales a gran escala interpuso un recurso contra la denegación de su solicitud de visado EB-1A por «capacidad extraordinaria». El director del Centro de Servicios de Texas había considerado que solo se cumplían dos de los tres criterios exigidos, rechazando el criterio relativo a los materiales publicados debido a unas traducciones supuestamente insuficientes y a la falta de datos sobre la tirada. La Oficina de Apelaciones Administrativas (AAO) revocó esa decisión en relación con dicho criterio, al considerar que las traducciones cumplían los requisitos reglamentarios y que los datos independientes sobre el número de lectores, proporcionados por terceros —incluidos los de una organización defensora de la libertad de prensa financiada con fondos federales—, demostraban adecuadamente que las publicaciones argentinas eran medios de comunicación de gran relevancia. Al cumplirse ahora los tres criterios (materiales publicados, exposición artística y papel destacado o fundamental), la AAO remitió el caso para que se realizara una resolución definitiva y completa sobre el fondo del asunto, con el fin de determinar si el solicitante demuestra un reconocimiento nacional o internacional sostenido en la cima de su campo.

Qué funcionó y qué falló

Qué funcionó: Los datos sobre el número de lectores y la tirada, procedentes de organizaciones independientes de terceros —entre ellas un organismo de supervisión de la libertad de prensa financiado con fondos federales—, demostraron de forma concluyente que las publicaciones argentinas que se hacen eco de la obra mural del solicitante cumplen los requisitos para ser consideradas medios de comunicación de gran alcance. Las pruebas relativas a la exposición de la obra del solicitante en diversas muestras y a su papel de liderazgo y crítico en organizaciones de prestigio fueron aceptadas sin objeciones por el director y confirmadas en apelación.

Qué falló: Se desestimó un artículo en lengua extranjera porque no versaba sobre el solicitante ni sobre su trabajo, incumpliendo así el requisito de lenguaje sencillo establecido en el criterio relativo a los materiales publicados. El criterio relativo al salario elevado no fue impugnado en el recurso de apelación, por lo que se consideró que se había renunciado a él.

Conclusión: Cuando se base en la cobertura de los medios de comunicación en lengua extranjera, asegúrese de que todas las traducciones estén certificadas y sean completas, y respalde las afirmaciones sobre los «principales medios de comunicación» con datos verificables de tirada o número de lectores proporcionados por terceros; las fuentes independientes, como las organizaciones de seguimiento de la prensa, pueden resultar decisivas. Es admisible renunciar a criterios no impugnados en la apelación, pero ello excluye cualquier posibilidad de plantearlos posteriormente.

Para respuestas a RFE y preparación de peticiones

Casos como este ayudan a identificar patrones de evidencia que USCIS evalúa al revisar criterios de EB-1A.

● Evidencia que ayudó al caso

  • Los datos sobre el número de lectores y la tirada, procedentes de organizaciones independientes de terceros —entre ellas un organismo de supervisión de la libertad de prensa financiado con fondos federales—, demostraron de forma concluyente que las publicaciones argentinas que se hacen eco de la obra mural del solicitante cumplen los requisitos para ser consideradas medios de comunicación de gran alcance
  • Las pruebas relativas a la exposición de la obra del solicitante en diversas muestras y a su papel de liderazgo y crítico en organizaciones de prestigio fueron aceptadas sin objeciones por el director y confirmadas en apelación.

● Evidencia que no bastó por sí sola

  • Se desestimó un artículo en lengua extranjera porque no versaba sobre el solicitante ni sobre su trabajo, incumpliendo así el requisito de lenguaje sencillo establecido en el criterio relativo a los materiales publicados
  • El criterio relativo al salario elevado no fue impugnado en el recurso de apelación, por lo que se consideró que se había renunciado a él.
Encontrar más casos de EB-1A con patrones de evidencia similares →
Qué mostró la evidencia

Análisis criterio por criterio

Material publicado sobre la persona

Revocado a su favor

La AAO revocó la resolución del Director; concluyó que las traducciones al inglés eran adecuadas con arreglo al artículo 8 C.F.R. § 103.2(b)(3) y que los datos sobre tirada y número de lectores procedentes de fuentes independientes de terceros demostraban suficientemente que las publicaciones eran medios de comunicación de gran relevancia reconocidos a nivel nacional en Argentina, incluidos los medios gestionados por un importante conglomerado mediático.

Exhibición de obras en muestras artísticas

Cumplido

El director consideró que se cumplía este criterio; la AAO lo confirmó: exposición de obras en exposiciones o muestras.

Rol principal o crítico en organizaciones distinguidas

Cumplido

El director consideró que se cumplía este criterio; la AAO lo confirmó: un papel destacado o fundamental para organizaciones de reconocida reputación.

Salario alto u otra remuneración significativamente elevada

No cumplido

El recurrente renunció expresamente a este criterio en el recurso de apelación; esto no se ha impugnado.

Evidencia que persuadió a la AAO

Artículos en los que se entrevista al solicitante o se analiza su obra en publicaciones argentinas (C-, P- e I-)

Datos sobre tirada y número de lectores procedentes de empresas independientes de recopilación y consolidación de datos y de una plataforma de colaboración empresarial

Datos procedentes de una organización financiada con fondos federales que promueve la libertad de prensa y supervisa las plataformas mediáticas en todo el mundo

Hay indicios de que varias publicaciones están gestionadas por G-C-, descrito como un importante conglomerado mediático

Dónde la evidencia se quedó corta

Un artículo en lengua extranjera que no versaba sobre el solicitante ni sobre su trabajo (no cumplía el requisito de lenguaje sencillo del criterio iii)

Pruebas relativas al criterio de salario elevado: el solicitante no impugnó en apelación la denegación por parte del Director del criterio ix

Errores del oficial identificados por la AAO

El director determinó erróneamente que las traducciones al inglés de los artículos en lengua extranjera eran insuficientes con arreglo al artículo 8 C.F.R. § 103.2(b)(3), cuando, de hecho, cumplían con los requisitos reglamentarios.

El director concluyó erróneamente que el solicitante no había presentado datos suficientes sobre la tirada y el número de lectores para demostrar que las publicaciones eran publicaciones profesionales, publicaciones especializadas de gran relevancia o medios de comunicación de gran importancia, sin tener en cuenta los datos de terceros procedentes de fuentes independientes, incluida una organización dedicada a la libertad de prensa financiada con fondos federales.

Cómo avanzó el caso

Completado

I-140 presentada

Petición presentada ante USCIS.

Completado

Director, Texas Service Center — Denied

Decisión inicial: Denied.

Completado

Apelación ante la AAO

El solicitante apeló ante la Oficina Administrativa de Apelaciones para una revisión de novo.

2024-02-13

Decisión de la AAO — Devuelto

La AAO revocó la denegación del director tras constatar que el solicitante cumplía el criterio (iii) relativo a los materiales publicados, además de los dos criterios que ya se había comprobado que cumplía, con lo que el total ascendió a tres. El asunto se remitió de nuevo para que se dictara una resolución definitiva sobre el fondo del asunto.

Si estás apelando una decisión similar, el I-290B normalmente debe presentarse dentro de 30 días de la notificación personal de la denegación, o 33 días si fue enviada por correo.

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Autoridades citadas por la oficina
8 C.F.R. § 204.5(h)(2)8 C.F.R. § 204.5(h)(3)8 C.F.R. § 204.5(h)(3)(i)-(x)8 C.F.R. § 204.5(h)(3)(iii)8 C.F.R. § 204.5(h)(3)(vii)8 C.F.R. § 204.5(h)(3)(viii)8 C.F.R. § 204.5(h)(3)(ix)8 C.F.R. § 103.2(b)(3)8 C.F.R. § 103.38 C.F.R. § 214.2(o)(3)(ii)
ChawatheEstablece que recae sobre el solicitante la carga de la prueba para demostrar su derecho a la prestación mediante la preponderancia de las pruebas.
Christo'sEstablece que la AAO examina las cuestiones de derecho y de hecho de novo.
KazarianEstablece un marco de revisión en dos fases: en primer lugar, se evalúan los criterios de elegibilidad; a continuación, se lleva a cabo una determinación definitiva sobre el fondo del asunto, en la que se valora el reconocimiento nacional o internacional sostenido.
VisinscaiaEs compatible con el marco analítico de dos pasos de Kazarian.
RijalEs compatible con el marco analítico de dos pasos de Kazarian.
O-R-E-Las cuestiones que no se hayan planteado en el recurso de apelación se considerarán renunciadas.
R-A-M-Las cuestiones que no se planteen en el recurso de apelación se considerarán renunciadas.