Sostenido
La AAO revocó la denegación del director, al considerar que el solicitante cumplía cuatro criterios (premios, material publicado, labor como jurado y éxito comercial) y llevó a cabo una resolución definitiva sobre el fondo del asunto en la que concluyó que el solicitante había demostrado una capacidad extraordinaria como músico y productor.
Siguiente paso: una revisión final de méritos que pondera toda la evidencia en conjunto.
El Centro de Servicios de Nebraska denegó una solicitud EB-1A presentada en nombre de un cantante, compositor y productor musical, al considerar que este solo cumplía dos de los tres criterios probatorios exigidos. En apelación, la AAO revocó la decisión, al considerar que la condición de miembro con derecho a voto en los Premios Grammy del solicitante cumplía el criterio de evaluación y al reconocer las certificaciones de álbumes de oro y doble platino como prueba de éxito comercial en las artes escénicas. Al cumplirse los cuatro criterios, la AAO llevó a cabo una determinación definitiva sobre el fondo del asunto y consideró que la dilatada carrera del solicitante, caracterizada por aclamadas colaboraciones con importantes artistas discográficos, álbumes que encabezaron las listas de éxitos, una amplia cobertura mediática, participaciones en televisión y cine, y premios del sector, demostraba un reconocimiento nacional e internacional sostenido que lo situaba entre los mejores de su campo. Se estimó el recurso y se aprobó la solicitud.
Qué funcionó: 1. Se consideró que la condición de miembro con derecho a voto en los Premios Grammy equivalía a la participación en el jurado, incluso sin ostentar el título formal de «juez». 2. Las certificaciones de álbumes de oro y platino, junto con su condición de coproductor acreditado y una placa personal del sector, demostraron con éxito el éxito comercial atribuible al solicitante, a pesar de que su papel se desarrollara entre bastidores y no como artista intérprete principal. 3. Un amplio y bien documentado conjunto de trabajos en colaboración con artistas destacados, una extensa cobertura mediática a lo largo de 15 años y múltiples reconocimientos del sector satisfacían, en su conjunto, los criterios para la determinación definitiva del fondo del asunto.
Qué falló: La interpretación restrictiva del director respecto al criterio de éxito comercial —que exigía que el solicitante fuera un artista intérprete y que presentara cifras de ventas que se le atribuyeran personalmente— fue rechazada por la AAO por considerarla excesivamente restrictiva para una función de productor y coguionista.
Conclusión: Los productores, coguionistas y otros profesionales de la música que trabajan entre bastidores pueden optar a la categoría EB-1A por capacidad extraordinaria si acreditan sus contribuciones reconocidas a proyectos de éxito comercial y aclamados por la crítica, incluyendo certificaciones del sector y el reconocimiento por parte de los medios de comunicación de su función específica. El mero hecho de ser miembro con derecho a voto en los Premios Grammy puede cumplir por sí solo el criterio de evaluación.
Casos como este ayudan a identificar patrones de evidencia que USCIS evalúa al revisar criterios de EB-1A.
● Evidencia que ayudó al caso
- Se consideró que la condición de miembro con derecho a voto en los Premios Grammy equivalía a la participación en el jurado, incluso sin ostentar el título formal de «juez»
- Las certificaciones de álbumes de oro y platino, junto con su condición de coproductor acreditado y una placa personal del sector, demostraron con éxito el éxito comercial atribuible al solicitante, a pesar de que su papel se desarrollara entre bastidores y no como artista intérprete principal
- Un amplio y bien documentado conjunto de trabajos en colaboración con artistas destacados, una extensa cobertura mediática a lo largo de 15 años y múltiples reconocimientos del sector satisfacían, en su conjunto, los criterios para la determinación definitiva del fondo del asunto.
● Evidencia que no bastó por sí sola
- La interpretación restrictiva del director respecto al criterio de éxito comercial —que exigía que el solicitante fuera un artista intérprete y que presentara cifras de ventas que se le atribuyeran personalmente— fue rechazada por la AAO por considerarla excesivamente restrictiva para una función de productor y coguionista.
Análisis criterio por criterio
Premios menores reconocidos nacional o internacionalmente
CumplidoEl director consideró que se cumplía este criterio; la AAO lo confirmó. El solicitante ha recibido premios o galardones reconocidos a nivel nacional e internacional.
Material publicado sobre la persona
CumplidoEl director consideró que se cumplía este criterio; la AAO lo confirmó. Material publicado sobre el solicitante en medios de comunicación generales y especializados del sector.
Evaluación del trabajo de otras personas
Revocado a su favorEl director había considerado que este requisito no se cumplía; la AAO revocó dicha decisión, al considerar que la condición de miembro con derecho a voto en The Recording Academy (votaciones de los Premios Grammy) desde 2015 cumple el criterio de selección.
Éxitos comerciales en las artes escénicas
Revocado a su favorEl director rechazó este criterio; la AAO revocó la decisión, al considerar que las certificaciones «Oro» y «Doble Platino» de un álbum coproducido, junto con la placa personal y la mención como coproductor en los créditos, demostraban la contribución del solicitante al éxito comercial en las artes escénicas.
Condición de miembro con derecho a voto en los Premios Grammy (miembro de la Academia de la Grabación desde 2015) que acredita la participación en tres ediciones
Certificación de oro otorgada por la asociación de la industria discográfica estadounidense por un álbum coproducido (más de 500 000 ventas en EE. UU.)
Certificación de doble platino otorgada por la Asociación Canadiense de la Industria Discográfica por un álbum coproducido (más de 200 000 ventas en Canadá)
Placa personal entregada al solicitante en reconocimiento a sus contribuciones al álbum coproducido
Menciones como coproductor y colaborador cercano en reseñas y artículos de prensa sobre el álbum
Nominaciones a los premios Grammy para el álbum coproducido
La acogida favorable de la crítica ha sido recogida en el *New York Times*, la NPR, *People*, *Spin*, *Rolling Stone* y otros medios de comunicación
Actuaciones en directo en los Premios Grammy, en «Saturday Night Live» y en las retransmisiones televisivas de los Juegos Olímpicos
Álbumes posteriores con certificación de platino y presencia en la lista Billboard 200
Sencillo con triple disco de platino, coescrito y coproducido por el solicitante
Reportajes en la BBC, NPR, Pitchfork, Wired, Fader, Vice, Bandcamp, The Globe and Mail y National Post
Inclusiones musicales en bandas sonoras de programas de televisión y largometrajes
Música original compuesta para campañas publicitarias de grandes marcas (Apple, Adidas, Porsche)
Premio obtenido en los premios de los servicios de streaming de 2020 por su trabajo como compositor en una serie de televisión
Cartas de profesionales del sector, entre ellos el responsable de A&R de un importante sello discográfico
El director cometió un error al rechazar el criterio de evaluación al no reconocer que los miembros con derecho a voto en los Premios Grammy constituyen una participación en calidad de miembros del jurado, de conformidad con el artículo 8 C.F.R. § 204.5(h)(3)(iv).
El director cometió un error al rechazar el criterio del éxito comercial al exigir que el solicitante fuera un artista intérprete, en lugar de reconocer las contribuciones de un productor y coguionista a las ventas del álbum, y al ignorar las certificaciones «Gold» y «Double Platinum», así como el papel acreditado del solicitante en dicho álbum, que tuvo éxito comercial.
Completado
Nebraska Service Center — Denied
Decisión inicial: Denied.
Completado
Apelación ante la AAO
El solicitante apeló ante la Oficina Administrativa de Apelaciones para una revisión de novo.
2021-08-26
Decisión de la AAO — Sostenido
La AAO revocó la denegación del director, al considerar que el solicitante cumplía cuatro criterios (premios, material publicado, labor como jurado y éxito comercial) y llevó a cabo una resolución definitiva sobre el fondo del asunto en la que concluyó que el solicitante había demostrado una capacidad extraordinaria como músico y productor.
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