AUG082017_01B2203Decidido 2017-08-08I-140

Una esgrimista de espada y entrenadora israelí solicitó un visado EB-1A por habilidades extraordinarias, pero su…

Desestimado Útil para evitar estos errores
EB-1ACampo: DeportesOrigen: Israel
El resultado

Desestimado

La AAO desestimó el recurso porque el solicitante solo cumplía dos de los tres criterios probatorios exigidos (premios de menor importancia y pertenencia a la selección nacional), y el expediente no respaldaba la conclusión de que poseyera una capacidad extraordinaria.

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1 criterio(s) más activarían una revisión final de méritos.

En palabras simples

La solicitante, una esgrimista israelí de espada que ganó campeonatos mundiales juveniles y compitió en la selección nacional absoluta de Israel, presentó una solicitud EB-1A por capacidad extraordinaria. La Oficina de Apelaciones de Inmigración (AAO) revocó la decisión del Director en relación con dos criterios —al considerar que sus campeonatos juveniles y nacionales constituían galardones legítimos reconocidos a nivel nacional e internacional, y que su pertenencia a la selección nacional absoluta cumplía los requisitos para considerarse una asociación que exigía logros sobresalientes—, pero coincidió en que no cumplía los criterios relativos a los materiales publicados y a las contribuciones originales. Dado que solo cumplía dos de los tres criterios exigidos, la apelación fue desestimada sin que se llegara a una resolución definitiva sobre el fondo del asunto. La decisión aclara que las competiciones con límite de edad pueden cumplir el criterio de los premios, que las selecciones deportivas nacionales se consideran asociaciones y que el éxito como entrenadora no constituye una contribución original de gran importancia para un deporte.

Qué funcionó y qué falló

Qué funcionó: La conquista de campeonatos mundiales juveniles y campeonatos nacionales de esgrima con espada cumplió el criterio relativo a los premios de menor importancia, a pesar de que las competiciones tenían un límite de edad. La pertenencia a la selección nacional femenina absoluta de esgrima de Israel cumplió el criterio relativo a la asociación de clasificación, ya que las selecciones nacionales seleccionan a un grupo exclusivo de deportistas para competiciones internacionales de gran relevancia.

Qué falló: No se cumplió el criterio relativo a los materiales publicados, ya que la mayoría de los artículos periodísticos carecían de traducciones certificadas y el único artículo traducido íntegramente no trataba «sobre» el solicitante. Tampoco se cumplió el criterio relativo a las contribuciones originales, ya que no se consideró que ganar competiciones y entrenar a esgrimistas juveniles para que lograran resultados modestos constituyeran contribuciones originales de gran importancia para el deporte en su conjunto. El logro puntual alegado (una medalla de oro en unos juegos internacionales que se celebran cada cuatro años) no se consideró un galardón importante y reconocido internacionalmente debido a la insuficiente documentación sobre la cobertura mediática internacional.

Conclusión: Los deportistas que soliciten la categoría EB-1A deben presentar traducciones juradas de toda la documentación en lengua extranjera y deben acreditar el alcance nacional o internacional de la cobertura mediática. Los logros como entrenador, por sí solos, no son suficientes para cumplir el criterio de «contribuciones originales», a menos que supongan un impacto demostrablemente significativo y novedoso en el deporte a gran escala; por lo general, los éxitos individuales de los estudiantes no serán suficientes.

Para respuestas a RFE y preparación de peticiones

Casos como este ayudan a identificar patrones de evidencia que USCIS evalúa al revisar criterios de EB-1A.

● Evidencia que ayudó al caso

  • La conquista de campeonatos mundiales juveniles y campeonatos nacionales de esgrima con espada cumplió el criterio relativo a los premios de menor importancia, a pesar de que las competiciones tenían un límite de edad
  • La pertenencia a la selección nacional femenina absoluta de esgrima de Israel cumplió el criterio relativo a la asociación de clasificación, ya que las selecciones nacionales seleccionan a un grupo exclusivo de deportistas para competiciones internacionales de gran relevancia.

● Evidencia que no bastó por sí sola

  • No se cumplió el criterio relativo a los materiales publicados, ya que la mayoría de los artículos periodísticos carecían de traducciones certificadas y el único artículo traducido íntegramente no trataba «sobre» el solicitante
  • Tampoco se cumplió el criterio relativo a las contribuciones originales, ya que no se consideró que ganar competiciones y entrenar a esgrimistas juveniles para que lograran resultados modestos constituyeran contribuciones originales de gran importancia para el deporte en su conjunto
  • El logro puntual alegado (una medalla de oro en unos juegos internacionales que se celebran cada cuatro años) no se consideró un galardón importante y reconocido internacionalmente debido a la insuficiente documentación sobre la cobertura mediática internacional.
Encontrar más casos de EB-1A con patrones de evidencia similares →
Qué mostró la evidencia

Análisis criterio por criterio

Premios menores reconocidos nacional o internacionalmente

Revocado a su favor

La AAO revocó la conclusión del director de que los premios tenían un carácter meramente local o regional o estaban sujetos a un límite de edad inadmisible. Se determinó que los campeonatos mundiales juveniles y los campeonatos nacionales gozaban de reconocimiento a nivel nacional e internacional.

Membresía en asociaciones que exigen logros destacados

Revocado a su favor

La AAO consideró que el director no había tenido en cuenta la pertenencia de la solicitante a la selección nacional femenina senior de espada de Israel. Las selecciones nacionales que seleccionan a deportistas de forma exclusiva para grandes eventos internacionales se consideran asociaciones que exigen logros destacados.

Material publicado sobre la persona

No cumplido

Los artículos carecían de traducciones certificadas; el único artículo traducido no se refería a la demandante; los materiales del sitio web solo la mencionaban de pasada; y las publicaciones universitarias no constituían medios de comunicación de gran alcance.

Contribuciones originales de gran importancia

No cumplido

Los premios deportivos y la pertenencia a equipos se contemplan en los criterios i y ii, por lo que no pueden cumplir también este criterio. No se consideró que los logros como entrenador (la formación de esgrimistas juveniles hasta alcanzar la categoría B y la obtención de medallas juveniles) constituyeran contribuciones originales de gran importancia para este deporte.

Evidencia que persuadió a la AAO

Medalla de oro en unos juegos internacionales que se celebran cada cuatro años en Israel, reconocidos por organismos internacionales de prestigio, en los que participan medallistas olímpicos y campeones del mundo

Victorias en campeonatos mundiales juveniles y medallas en campeonatos nacionales de esgrima con espada

Confirmación por parte del entrenador jefe de que la solicitante formaba parte de la selección nacional femenina absoluta de espada de Israel

Captura de pantalla de www.eurofencing que corrobora la pertenencia del solicitante a la selección nacional absoluta

Reportaje del periódico israelí «Maariv» sobre los campeonatos juveniles de esgrima celebrados en España

Dónde la evidencia se quedó corta

Traducciones no certificadas de artículos de prensa israelíes; solo se tuvieron en cuenta dos traducciones certificadas

Entrada de Wikipedia utilizada para determinar que una publicación israelí constituye un medio de comunicación de gran alcance; se ha considerado poco fiable al carecer de corroboración

Páginas de clasificación y resultados estadísticos de sitios web sobre esgrima —no se trata del tipo de material redactado y publicado con fecha concreta al que se refiere el criterio iii—

Publicaciones universitarias —no se ha demostrado que cuenten con un público lector que vaya mucho más allá de los estudiantes, el personal y los antiguos alumnos—

Las cartas de los responsables técnicos sobre el progreso de los alumnos del solicitante no son suficientes para demostrar una contribución original de gran importancia para el deporte.

Las medallas y la pertenencia a equipos obtenidas en virtud del criterio de contribuciones originales: estas se contemplan específicamente en los criterios i y ii y no pueden contabilizarse por duplicado

Errores del oficial identificados por la AAO

El director rechazó indebidamente el criterio de las indemnizaciones de menor cuantía al calificar las indemnizaciones del solicitante como meramente locales o regionales sin aportar pruebas suficientes en el expediente.

El director llegó a la conclusión errónea de que los premios no eran válidos porque tenían un límite de edad, sin tener en cuenta que los concursos con límite de edad pueden seguir gozando de reconocimiento a nivel nacional o internacional.

El director no abordó la cuestión de la pertenencia de la demandante a la selección nacional femenina senior de esgrima de Israel, centrándose únicamente en una asociación.

El director centró su análisis en las actividades de entrenamiento, en lugar de determinar en primer lugar si el solicitante había demostrado una capacidad extraordinaria en el ámbito deportivo, tal y como exige el artículo 203(b)(1)(A)(i) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA).

Cómo avanzó el caso

Completado

I-140 presentada

Petición presentada ante USCIS.

Completado

Director — Denied

Decisión inicial: Denied.

Completado

Apelación ante la AAO

El solicitante apeló ante la Oficina Administrativa de Apelaciones para una revisión de novo.

2017-08-08

Decisión de la AAO — Desestimado

La AAO desestimó el recurso porque el solicitante solo cumplía dos de los tres criterios probatorios exigidos (premios de menor importancia y pertenencia a la selección nacional), y el expediente no respaldaba la conclusión de que poseyera una capacidad extraordinaria.

Si estás apelando una decisión similar, el I-290B normalmente debe presentarse dentro de 30 días de la notificación personal de la denegación, o 33 días si fue enviada por correo.

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Autoridades citadas por la oficina
8 C.F.R. § 204.5(h)(2)8 C.F.R. § 204.5(h)(3)8 C.F.R. § 204.5(h)(3)(i)8 C.F.R. § 204.5(h)(3)(ii)8 C.F.R. § 204.5(h)(3)(iii)8 C.F.R. § 204.5(h)(3)(v)8 C.F.R. § 204.5(h)(3)(i)-(x)8 C.F.R. § 103.2(b)(3)
KazarianEstablece un marco de dos fases: en primer lugar, se evalúan las pruebas admisibles a la luz de los criterios; a continuación, se lleva a cabo una resolución definitiva sobre el fondo del asunto basándose en el conjunto de las pruebas.
ChawatheLa verdad viene determinada por la calidad, y no por la cantidad, de las pruebas; cada una de ellas debe evaluarse en cuanto a su pertinencia, valor probatorio y credibilidad, tanto de forma individual como en su conjunto.
VisinscaiaEs compatible con el marco de revisión de Kazarian, que consta de dos partes.
RijalEs compatible con el marco de revisión de Kazarian, compuesto por dos partes.
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