Desestimado
La AAO desestimó el recurso porque, si bien el beneficiario cumplía al menos dos criterios probatorios, el conjunto de las pruebas no demostraba que fuera reconocido internacionalmente como una figura destacada en su campo académico. Además, la empresa solicitante no logró demostrar logros documentados en un campo académico, tal y como se exige a los patrocinadores que son empleadores privados.
Una empresa de investigación y desarrollo presentó una solicitud para que se clasificara a un investigador chino especializado en inteligencia artificial y gráficos por ordenador como investigador destacado en el marco de la categoría EB-1B. Aunque el beneficiario cumplía tres de los seis criterios probatorios —evaluación, contribuciones originales y artículos académicos—, la AAO consideró que el conjunto de las pruebas era insuficiente para demostrar el reconocimiento internacional como investigador destacado. Las cartas de referencia describían su trabajo de forma vaga como un «avance revolucionario» sin entrar en detalles; las actividades de revisión por pares eran habituales en el ámbito; y las afirmaciones sobre la incorporación de una patente a Photoshop carecían de fundamento. Además, la empresa no logró demostrar que contara con logros documentados en un ámbito académico, ya que la mayoría de las publicaciones de sus investigadores constituían una continuación de la investigación universitaria y un contrato de servicios no constituía una prueba de labor académica. Se desestimó el recurso.
Qué falló: 1. Las cartas de referencia utilizaban un lenguaje conclusivo, como «avance revolucionario», sin identificar contribuciones o repercusiones concretas, y una de ellas se limitaba a repetir la terminología normativa. 2. Las pruebas relativas a la revisión por pares y a las invitaciones a formar parte de consejos editoriales no demostraban que el beneficiario destacara sobre sus homólogos a nivel internacional. 3. La empresa patrocinadora no pudo demostrar sus propios logros académicos documentados: sus publicaciones estaban vinculadas a trabajos universitarios anteriores y un contrato de servicios no era de naturaleza académica.
Conclusión: En el caso de las solicitudes EB-1B, las cartas de referencia deben ir más allá de elogiar a un investigador y deben identificar específicamente cómo su trabajo ha contribuido al avance del campo, con ejemplos concretos. Los patrocinadores que sean empresas privadas también deben documentar de forma independiente los logros académicos atribuibles a la propia empresa, y no a universidades afiliadas ni a colaboradores externos.
Casos como este ayudan a identificar patrones de evidencia que USCIS evalúa al revisar criterios de EB-1B.
● Evidencia que ayudó al caso
- Consulta el resumen anterior para ver los detalles.
● Evidencia que no bastó por sí sola
- Las cartas de referencia utilizaban un lenguaje conclusivo, como «avance revolucionario», sin identificar contribuciones o repercusiones concretas, y una de ellas se limitaba a repetir la terminología normativa
- Las pruebas relativas a la revisión por pares y a las invitaciones a formar parte de consejos editoriales no demostraban que el beneficiario destacara sobre sus homólogos a nivel internacional
- La empresa patrocinadora no pudo demostrar sus propios logros académicos documentados: sus publicaciones estaban vinculadas a trabajos universitarios anteriores y un contrato de servicios no era de naturaleza académica.
Aproximadamente 30 artículos publicados en el ámbito de la inteligencia artificial y los gráficos por ordenador, con cientos de citas por parte de otros investigadores
Participación como revisor y miembro del comité de programa en congresos científicos
Convocatoria para la evaluación de propuestas de subvención presentadas por una organización externa
Cartas de referencia de catedráticos universitarios en las que se describe el trabajo del beneficiario como un avance revolucionario en el ámbito del aprendizaje automático y los gráficos por ordenador
Solicitud de patente estadounidense de la que el beneficiario es coinventor, presentada durante unas prácticas
Las invitaciones para formar parte de los consejos editoriales de dos revistas no iban acompañadas de pruebas de que el beneficiario las hubiera aceptado o hubiera desempeñado dicho cargo, y carecían de información sobre el prestigio de las revistas o la estructura de los consejos editoriales.
Cartas de referencia en las que se describía el trabajo del beneficiario como un «avance decisivo», sin identificar específicamente dicho avance ni su repercusión en el ámbito en cuestión
Carta de referencia en la que simplemente se repetía el texto de las leyes y los reglamentos sin ofrecer ninguna explicación de fondo
La afirmación de que la innovación objeto de la solicitud de patente se incorporó a Adobe Photoshop no estaba respaldada por ninguna prueba que la corroborara
No se ha demostrado que las actividades de revisión por pares distingan al beneficiario de sus homólogos a nivel internacional
El historial de publicaciones de la empresa consistía en artículos iniciados en una universidad o en colaboración con instituciones externas, y no en logros propios de la empresa.
El contrato de servicios y la declaración de la renta, en los que figuraban 11 millones de dólares en ingresos, no acreditaban logros académicos documentados
Notificaciones de aprobación previas del USCIS relativas a otros investigadores contratados por el solicitante, que no son vinculantes para la resolución actual
La AAO se mostró de acuerdo con la conclusión del director de que el beneficiario no cumplía los criterios relativos a la evaluación, las contribuciones originales y los artículos académicos; no se detectaron errores jurídicos en la resolución de primera instancia en lo que respecta a dichos criterios; sin embargo, la AAO aclaró que las invitaciones a formar parte de consejos editoriales, al carecer de pruebas de aceptación y de una descripción de las funciones, se habían ponderado de forma inadecuada.
Completado
Director — Denied
Decisión inicial: Denied.
Completado
Apelación ante la AAO
El solicitante apeló ante la Oficina Administrativa de Apelaciones para una revisión de novo.
2021-11-30
Decisión de la AAO — Desestimado
La AAO desestimó el recurso porque, si bien el beneficiario cumplía al menos dos criterios probatorios, el conjunto de las pruebas no demostraba que fuera reconocido internacionalmente como una figura destacada en su campo académico. Además, la empresa solicitante no logró demostrar logros documentados en un campo académico, tal y como se exige a los patrocinadores que son empleadores privados.
Si estás apelando una decisión similar, el I-290B normalmente debe presentarse dentro de 30 días de la notificación personal de la denegación, o 33 días si fue enviada por correo.
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